22 noviembre 2024

El Orientalista

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Manejos de la gestión pasada en INPOSDOM afectan ejecutoria de Katy Baez.

El anunciado embargo a las cuentas de INPOSDOM, recurso contencioso administrativo que tiene fecha 06 de mayo de 2021, interpuesto por el señor MERVIN JIMÉNEZ FAMILIA, dominicano, mayor de edad, cedula electoral número 011-0022187-6, es ahora que tiene sentencia de la QUINTA SALA del TRIBUNAL SUPERIOR ADMINISTRATIVO en su Sentencia núm.: 030-1643-2022-SSEN-00226 Expediente núm.: 0030-2021-ETSA-01185, Sol. núm.: 030-2021-CA-00636.

El fallo es el siguiente:
PRIMERO: DECLARA bueno y válido en cuanto a la forma el recurso contencioso administrativo,
incoado en fecha 06 de mayo de 2021, por el señor MERVIN JIMÉNEZ FAMILIA, contra el INSTITUTO
POSTAL DOMINICANO (INPOSDOM), por haber sido interpuesto acorde con la regla procesal que rige
la materia.
SEGUNDO: ACOGE parcialmente, en cuanto al fondo, el recurso interpuesto; en consecuencia,
ORDENA al INSTITUTO POSTAL DOMINICANO (INPOSDOM): a) reinstalar de modo inmediato al
señor MERVIN JIMÉNEZ FAMILIA, a la posición de Auxiliar Administrativo del Departamento de
Planificación y Desarrollo, ocupada por este o en su defecto en una de igual jerarquía y con el mismo
salario, b) pagar al señor MERVIN JIMÉNEZ FAMILIA, los salarios y demás incentivos dejados de
percibir desde la irregular desvinculación. RECHAZA en los demás aspectos, conforme a los motivos
expuestos.
TERCERO: ACOGE en cuanto al fondo, la demanda en reclamo de la Responsabilidad Patrimonial y en
consecuencia ORDENA a la parte recurrida INSTITUTO POSTAL DOMINICANO (INPOSDOM), pagar al señor MERVIN JIMÉNEZ FAMILIA, la suma de quinientos mil pesos con 00/100 (RD$500,000.00), por concepto de responsabilidad patrimonial, conforme a los motivos expuestos.
CUARTO: DECLARA el presente proceso libre de costas.
QUINTO ORDENA la comunicación de la presente sentencia a las partes en lítis en el presente proceso,
así como al PROCURADOR GENERAL ADMINISTRATIVO, a los fines procedentes.
SEXTO: ORDENA que la presente Sentencia sea publicada en el Boletín del Tribunal Superior
Administrativo.

Hay que recordar que el ex-director de INPOSDOM fue sometido por el Defesor del Pueblo por tópicos parecidos de negarse a dar prestaciones y proceder a cancelaciones sin el debido proceso que ahora, las sentencias, ocurren no siendo él quien está a cargo de la Institución.